Cuenta atrás para empiece la campaña del Impuesto sobre Sociedades 2025, un ejercicio fiscal marcado por los cambios normativos aprobados formalmente mediante la Orden HAC/529/2026 publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Plazos
Para las empresas cuyo periodo impositivo coincide con el año natural (la mayoría), el plazo general de presentación telemática del Modelo 200 se extiende del 1 al 27 de julio de 2026, dado que el tradicional día 25 cae en sábado. Si se opta por la domiciliación bancaria del pago, el plazo límite se adelanta al 22 de julio.
Novedades
Entre las novedades normativas relevantes destaca la reforma de la reserva de capitalización, una de las herramientas de optimización fiscal más utilizadas por el tejido empresarial. En la autoliquidación de 2025, el porcentaje de reducción aplicable a la base imponible por el incremento de fondos propios pasa del 15% al 20%.
Dicho porcentaje podrá aumentar en función del aumento de la plantilla media de la sociedad siempre que se mantenga el incremento durante un plazo de 3 años desde el cierre del período impositivo al que corresponda la reducción.
Los porcentajes de reducción incrementados serán:
- 23% si el aumento de plantilla es entre un 2% y un 5%
- 26,5% si es entre un 5% y un 10%
- 30% si es superior al 10%
También hay cambios en el límite de reducción de la Base Imponible, que se rige por estos criterios:
- General: no puede superar el 20% de la base imponible positiva del período impositivo, antes de aplicar la reducción, la integración del artículo 11.12 y la compensación de bases negativas.
- Contribuyentes con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros en los 12 meses anteriores: el límite de amplía al 25% de esa misma base imponible positiva.
Si la base imponible es insuficiente para aplicar la reducción, las cantidades pendientes podrán aplicarse en los períodos impositivos que acaben dentro de los dos años inmediatos al cierre del período en el que se generó el derecho a a dicha reducción
Modelo 200
A nivel formal, la Agencia Tributaria ha rediseñado el Modelo 200 para aumentar el control automatizado y la recopilación de datos censales. La principal novedad de cumplimentación es la adaptación obligatoria a la nueva clasificación CNAE-2025, que sustituye los códigos de 2009 para reflejar con exactitud la actividad principal de la entidad. Asimismo, se han reconfigurado los enunciados de las casillas 00081 y 00082 en la primera página para identificar de manera estricta a las filiales o matrices de los denominados "grupos nacionales de gran magnitud" bajo el marco de tributación del Impuesto Complementario.
Consejos
Como siempre, el primer consejo es revisar minuciosamente la coherencia documental entre la contabilidad cerrada y los datos fiscales que tiene la Administración, accediendo de forma proactiva al simulador y a los datos fiscales del negocio que la Sede Electrónica de la AEAT pone al alcance e las pymes.
Asimismo, es recomendable validar previamente que las amortizaciones aceleradas (como las de vehículos eléctricos) y las deducciones aplicadas se ajustan a los nuevos límites legales para evitar posteriores requerimientos y liquidaciones paralelas.
Y recuerda: nuestro equipo de técnicos fiscales se pone a su disposición para confeccionar la liquidación y optimizar la factura fiscal de su empresa.
Si necesitan más información, aclaraciones o acompañamiento para la preparación y presentación de la misma, pueden escribirnos a info@ealasesores.com.
