Empieza la campaña de la Renta 2022: ¿Podemos ayudarle?

11 de Abril del 2023

Hoy martes 11 de abril empieza la campaña de la declaración de la renta 2022.

El plazo de presentación de la declaración de la renta va desde hoy hasta el 30 de junio de este año (las declaraciones a ingresar con domiciliación, hasta el 25 de junio).

Declaración:

Para confeccionar la declaración se puede utilizar la herramienta de la AEAT Rentaweb. Para ello, es necesario acceder con certificado digital, clave pin, o número de referencia.

Ayuda declaración:

Si desea que le ayudemos a confeccionar la declaración, necesitaremos una serie de datos para poder acceder a sus ficha en la Agencia Tributaria:

  • Nombre y Apellidos.
  • Número de DNI/ NIE en vigor, de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Además:
    • DNI: Necesitamos la fecha de caducidad, o, si es DNI definitivo, la fecha de emisión del DNI en vigor (en algunos DNIs está en el holograma de la parte delantera del DNI).
    • NIE: Número de soporte del NIE y fecha de nacimiento.
  • Importe de la casilla 505 de la declaración de renta de 2021.
  • Muy importante: DIRECCIÓN FISCAL COMPLETA DEL DOMICILIO, CON REFERENCIA CATASTRAL DEL INMUEBLE.

Con los datos fiscales podemos acceder a los rendimientos del trabajo y del capital mobiliario generados en España.

Cualquier otro ingreso de esta índole procedente del extranjero nos lo deben comunicar (salarios, pensiones, intereses, dividendos, alquileres, actividades económicas,…). Cualquier cuestión de índole económica ocurrida en 2022, deberá comunicarla a efectos de valorar o no su inclusión en la declaración de la renta

Límites para declarar:

El límite excluyente de la obligación de declarar para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo se fija en 15.000 euros en los siguientes supuestos:

  • Cuando procedan de más de un pagador (salvo excepciones).
  • Cuando perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Para los restantes contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo de un solo pagador, el límite para declarar por la percepción de estos rendimientos se mantiene en 22.000 euros anuales.

En caso de alquileres de inmuebles:

De cada inmueble alquilado, necesitamos:

  • Dirección completa y referencia catastral del inmueble.
  • Fecha del contrato o contratos de alquiler.
  • DNIs/NIEs de los inquilinos, y si constituye o no su vivienda habitual.
  • Períodos del año que ha estado alquilado, y períodos que ha estado vacío.
  • Importe cobrado por alquileres durante el año.
  • Gastos deducibles:
    • Intereses de préstamos hipotecarios del inmueble.
    • Gastos de reparaciones y obras durante el ejercicio.
    • Gastos de comunidad y derramas extraordinarias.
    • Gastos de formalización de contrato de alquiler.
    • Gastos de abogados, en caso de reclamaciones y desahucios.
    • Suministros a cargo del propietario (luz, agua, gas, internet,…).
    • Seguros del inmueble y del alquiler.
    • Impuestos pagados: IBIs, basuras, vados, …
    • Cualquier otro gasto relacionado con el piso (detallar).
  • Para el cálculo de la amortización, además necesitaré:
    • Fecha de adquisición del inmueble.
    • Titulares y porcentaje de cada uno.
    • Tipo de adquisición: Compraventa, herencia o donación, disolución matrimonio,….
    • Importe de la compra (en la escritura o sentencia).
    • Gastos de la compra (documento o factura):
      • Impuestos pagados.
      • Notaría.
      • Registro.
      • Gestoría.
      • Tasación, certificado energético, gastos apertura crédito,….
    • Valor catastral del inmueble y de la construcción (sale en los datos fiscales).

Honorarios:

Los honorarios para la confección y presentación de la declaración de la renta varían en función de la complejidad y del volumen de datos a tratar. Puede consultarlos, igual que cualquier duda que le pueda plantear el tema, con nuestros profesionales.

Y, sobre todo, no deje la declaración para el último momento 



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