El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta mañana el BOE el “Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.”
Entre otras medidas, establece que el reglamento Veri*Factu entrará en vigor, para los contribuyentes por Impuesto de Sociedades el día 1 de enero de 2027, y para el resto el día 1 de julio de 2027.
En resumen, se aplaza la entrada en vigor de Veri*Factu un año.
En consecuencia, ya no hay prisa por implantar el sistema de facturación adaptado. Sin embargo, aquellas empresas, entidades y empresarios individuales que quieran ir adaptando sus procesos hasta la entrada en vigor podrán hacerlo con toda normalidad.
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